{"id":31353,"date":"2014-07-16T14:17:00","date_gmt":"2014-07-16T19:17:00","guid":{"rendered":"http:\/\/webirix.com\/?p=31353"},"modified":"2014-07-16T15:09:53","modified_gmt":"2014-07-16T20:09:53","slug":"ampliaciones-de-capital-sin-sorpresas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/webirix.com\/en\/ampliaciones-de-capital-sin-sorpresas\/","title":{"rendered":"Capital increases without surprises"},"content":{"rendered":"<p style=\"color: #000000;\"><a href=\"http:\/\/webirix.com\/wp-content\/uploads\/2014\/07\/dinero2.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-31351\" src=\"http:\/\/webirix.com\/wp-content\/uploads\/2014\/07\/dinero2.jpg\" alt=\"dinero2\" width=\"930\" height=\"523\" srcset=\"https:\/\/webirix.com\/wp-content\/uploads\/2014\/07\/dinero2.jpg 930w, https:\/\/webirix.com\/wp-content\/uploads\/2014\/07\/dinero2-300x168.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 930px) 100vw, 930px\" \/><\/a><\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Cambio en los estatutos<\/strong><br \/>\nAmpliar el capital social dar\u00e1 a tu proyecto empresarial mayor fortaleza y una imagen de seriedad, por ejemplo, ante inversores y entidades de cr\u00e9dito. En todo caso, debes saber que una operaci\u00f3n as\u00ed \u201csupone modificar los estatutos y, por tanto, requiere de la aprobaci\u00f3n de la junta general de accionistas. Aunque en las sociedades an\u00f3nimas excepcionalmente cabe la opci\u00f3n de delegar dicha facultad en el consejo de administraci\u00f3n\u201d, recuerda Javier Redonet, abogado y socio del bufete Ur\u00eda Men\u00e9ndez.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\">Para aprobar esa operaci\u00f3n puede hacer falta adem\u00e1s un r\u00e9gimen de mayor\u00edas cualificadas. Margarita Garc\u00eda de la Calle, profesora asociada del IE y acostumbrada a asesorar a empresas desde la firma Aboo Partners, destaca que \u201ca veces no basta con que se haga por un 51%. Es normal encontrarse con mayor\u00edas de dos tercios. Depender\u00e1 de lo que se pacte en los estatutos de la sociedad\u201d.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Los pasos a seguir<\/strong><br \/>\nPor lo que se refiere a la iniciativa de la ampliaci\u00f3n, es al consejo de administraci\u00f3n (o en su caso al administrador \u00fanico) a quien normalmente corresponde proponerla a la junta de accionistas, aunque, por ley, cualquier accionista que posea m\u00e1s del 5% de la propiedad puede pedir que se convoque una junta y plantear sus propias alternativas de proyecto, incluyendo ampliar el capital social.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\">En todo caso, recuerda Redonet, la propuesta de ampliaci\u00f3n debe ir siempre acompa\u00f1ada \u201cde un informe de administradores que explique la operaci\u00f3n: en qu\u00e9 consiste, c\u00f3mo se va a hacer, cu\u00e1les son sus t\u00e9rminos econ\u00f3micos, finalidad, etc.\u201d. Una vez que se llegue a un acuerdo, habr\u00e1 que acudir al notario para elevarlo a escritura p\u00fablica y \u201ccon un certificado del banco acreditando que el dinero ha sido ya depositado\u201d. Seguidamente, la escritura deber\u00e1 inscribirse en el Registro Mercantil.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Cuestiones clave.<\/strong>\u00a0Pero antes de llegar a ese punto y que la propuesta de ampliaci\u00f3n vaya para adelante, son varios los aspectos que deber\u00e9is concretar. Para los expertos, las cuestiones clave ser\u00edan sobre todo dos. En primer lugar, decidir cu\u00e1l va a ser el valor al que se emitan las acciones. Es decir, si los suscriptores de estas nuevas participaciones van a pagar por ellas \u201cel mismo precio que se les dio en su momento (el valor nominal) o si se ha generado un valor, y tienen que entrar ya con una prima. Ser\u00e1 en este caso cuando empiece a complicarse el tema\u201d, apunta Garc\u00eda de la Calle.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\">Seg\u00fan la profesora del IE, \u201cuno de los problemas que pueden plantearse es que no todos los socios est\u00e9n dispuestos a acudir a la ampliaci\u00f3n. En ese caso, aquellos que no acudan se van a diluir y tendr\u00e1n menos participaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Intereses divididos.<\/strong>\u00a0\u201c\u00bfQu\u00e9 hace la empresa en ese caso, pierde la oportunidad de crecer porque a alguien no le venga bien poner m\u00e1s dinero en ese momento, o crece, aun dejando que ese socio reduzca su participaci\u00f3n?\u201d, plantea Garc\u00eda de la Calle. Previendo que conflictos as\u00ed es frecuente que se den, en opini\u00f3n de esta empresaria y consultora lo mejor es que ya en la creaci\u00f3n de la empresa, o en el momento en que vayan a entrar nuevos accionistas, \u201cse llegue a un pacto de socios, definiendo un marco de actuaci\u00f3n y unas reglas donde se acuerde c\u00f3mo se tiene que actuar en estos casos\u201d.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Derechos de veteran\u00eda.\u00a0<\/strong>El segundo factor a tener en cuenta al proponer una ampliaci\u00f3n de capital es que exista o no derecho de suscripci\u00f3n preferente para los antiguos accionistas. En el supuesto de que la ampliaci\u00f3n s\u00ed contemple este derecho (es lo m\u00e1s habitual), \u201ctodos los accionistas podr\u00e1n acudir a ella y desembolsar su parte, aunque, si no quieren hacerlo, pueden vender sus derechos a terceros\u201d, recuerda Javier Redonet. Al ejercer el derecho, los antiguos accionistas tendr\u00e1n la opci\u00f3n de seguir presentes en el capital social de la empresa en la misma proporci\u00f3n que antes.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Ampliaciones sin derecho.<\/strong>\u00a0No obstante, no toda ampliaci\u00f3n implica un derecho de suscripci\u00f3n preferente. Es posible proponer operaciones sin derecho, bien porque se renuncie a \u00e9l de com\u00fan acuerdo de los socios o porque ese privilegio se excluya, algo que puede hacer la junta \u201csiempre que haya un fin leg\u00edtimo de inter\u00e9s social\u201d. Por ejemplo, en el caso de que se quiera incorporar a la sociedad a un nuevo accionista que aporte fondos. En los casos de exclusi\u00f3n del derecho, es necesario que su inter\u00e9s se acredite en un informe de administradores, \u201cque est\u00e1 sujeto a control judicial \u2013apunta Redonet\u2013 de forma que si un accionista no est\u00e1 conforme con el acuerdo lo pueda impugnar y entonces se ver\u00eda en los tribunales\u201d.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>\u00bfY si la aportaci\u00f3n es un bien tangible?<\/strong>\u00a0Otro de los supuestos de exclusi\u00f3n del derecho son las ampliaciones no dinerarias. Ser\u00eda el caso de alguien que cediera un inmueble u otro bien a una sociedad. Redonet aclara que \u201cal no ser aportaciones de l\u00edquido sino un activo concreto, que s\u00f3lo puede proporcionar su propietario, \u00e9l es tambi\u00e9n el \u00fanico que puede suscribir la ampliaci\u00f3n. Por lo que respecta a las SL, la ley no excluye el derecho de suscripci\u00f3n preferente aun en el caso de que la aportaci\u00f3n sea no dineraria, si bien la junta puede aprobar su supresi\u00f3n. En todo caso, una ampliaci\u00f3n puede siempre ser impugnada \u201cpor cualquier socio que no haya votado a favor de ella\u201d, recuerda el experto de Ur\u00eda Men\u00e9ndez.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Ampliar o no ampliar<\/strong><\/p>\n<p style=\"color: #000000;\">En opini\u00f3n de Margarita Garc\u00eda de la Calle, uno de los errores de las empresas en estos \u00faltimos a\u00f1os \u201cha sido lanzarse con muy poco dinero a poner proyectos en marcha y tener despu\u00e9s que conseguir compa\u00f1eros de viaje que los financien\u201d en lugar de \u201casumir que cuando uno empieza un negocio tiene que estar dispuesto a jugarse su propio dinero, y adem\u00e1s puesto como capital\u201d. La consultora recuerda que el emprendedor dispone de varios instrumentos para poner capital en su empresa, seg\u00fan prefiera que el dinero entre o no como capital social. En el caso de la ampliaci\u00f3n de capital \u201cuna de las ventajas es la fortaleza que da a tu compa\u00f1\u00eda y la imagen de solvencia que se ofrece\u201d.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\">Son muchos los nuevos empresarios y pymes que ven con prevenci\u00f3n estas operaciones tanto por los costes y tr\u00e1mites que implican como por la p\u00e9rdida de autonom\u00eda en caso de dar entrada a nuevos socios. Para AJE Madrid, a pesar de la restricci\u00f3n del cr\u00e9dito bancario en Espa\u00f1a son minor\u00eda (\u201cno m\u00e1s de un 10% de los casos\u201d) las compa\u00f1\u00edas que apuestan por buscar un socio de capital privado o business angel que aporte nuevos fondos a cambio de entrar en el capital social de la empresa.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Tipos de ampliaciones<\/strong><\/p>\n<p style=\"color: #000000;\">En funci\u00f3n de su naturaleza, se pueden distinguir varias clases de ampliaciones de capital:Dinerarias. En su caso, lo que se efect\u00faa es una aportaci\u00f3n de efectivo a la sociedad. Ser\u00eda el ejemplo est\u00e1ndar.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>No dinerarias.<\/strong>\u00a0En lugar de dinero en efectivo, se aporta un activo a cambio de acciones. Se necesita entregar alguna documentaci\u00f3n que acredite la propiedad del bien, junto con una valoraci\u00f3n econ\u00f3mica del mismo. Este tipo de operaciones, comenta Javier Redonet, se suelen efectuar cuando se quiere dar entrada al capital a un nuevo socio que va a aportar \u201cun activo esencial para el desarrollo de la sociedad\u201d: un inmueble, un veh\u00edculo, una patente\u2026<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Por compensaci\u00f3n de cr\u00e9ditos.<\/strong>\u00a0Esta operaci\u00f3n se da cuando una empresa ofrece canjear una cantidad que adeuda por capital de su sociedad, por lo que, recuerda Redonet, \u201cen realidad lo que se hace es una reclasificaci\u00f3n contable\u201d. En los \u00faltimos tiempos se ha dado bastante en el \u00e1mbito de las sociedades inmobiliarias.<br \/>\nTambi\u00e9n, seg\u00fan el precio que deban pagar los suscriptores por cada acci\u00f3n nueva (y que es fijado por la sociedad), existen diversas clases:<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Liberada.<\/strong>\u00a0Cuando la ampliaci\u00f3n se realiza con cargo a las reservas de la sociedad, de forma que no se necesita aportar dinero nuevo para obtener los t\u00edtulos que proporcionalmente correspondan. Basta con poseer los derechos de suscripci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>A la par.\u00a0<\/strong>En este caso, el precio ser\u00e1 el mismo del nominal del t\u00edtulo.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><strong>Por encima de la par.<\/strong>\u00a0Adem\u00e1s del valor nominal de las acciones para adquirirlas, har\u00e1 falta pagar una prima de emisi\u00f3n fijada de antemano.<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\">fountain:<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\">entrepreneurs.es<\/p>\n<p style=\"color: #000000;\"><span style=\"color: #666666;\">Manuel Pernas<\/span><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Change in the statutes Increasing the share capital will give your business project greater strength and an image of seriousness, for example, before investors and credit institutions. In any case, you should know that such an operation \u201cinvolves modifying the bylaws and, therefore, requires the approval of the general shareholders&#039; meeting. 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